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«La Junta de Gobierno del Cuerpo Consular acreditado en Valencia presidida por su Decano, Leopoldo López, Cónsul de Chile, mantuvo hoy una reunión urgente de trabajo con el Secretario Autonómico de Presidencia, Pablo Broseta, en el marco de las relaciones fluidas que periódicamente se mantienen con la Generalitat Valenciana, cuyo contenido, por ser de interés general para los extranjeros residentes en Valencia, se resume a continuación:

1. Sobre los fallecidos y desaparecidos:

Cuando un extranjero considere que un familiar o amigo se encuentra desparecido (no localizable) y teme que pueda haber perdido la vida en las inundaciones, el protocolo de actuación es el siguiente:
a) Debe presentar denuncia en la Comandancia de la Guardia Civil de Patraix, sita en la calle Calamocha, 4 de Valencia. la denuncia se realiza de forma presencial.
b) Si el denunciante es un familiar, se le tomaran muestras de ADN. De no serlo, tomaran los datos del denunciante para avisarle de cualquier novedad.
c) Si se han tomado notas de ADN, se contrastaran con los fallecidos no identificados. De ser la persona cuya desaparición se denunció, la Guardia Civil se pondrá en contacto con la familia para iniciar el proceso de entrega de los restos mortales.

A este respecto, se debe que, por así encontrarse regulado en la Ley de protección de datos,  la Generalitat EN NINGUN CASO avisa o se pone en conocimiento de los Consulados ni el hecho de la denuncia de desaparición presentada ni el hecho del fallecimiento. La Guardia Civil llamará unicamente a los familiares. Por esa razón, los interesados denunciantes deben contactar directamente con la Guardia Civil.

2. Connacionales que han sido afectados por la DANA

Una vez el gobierno de España declara la zona afectada como catastrófica, se pone en marcha el mecanismo de las indemnizaciones del Fondo de Compensación de Seguros. Dicho fondo solo indemniza aquellos que tienen asegurados sus bienes muebles o inmuebles, como polizas de hogar o de seguro de automóviles y, en su caso, seguro de vida.

Si el damnificado no tiene suscrito ningún seguro, debe dirigirse al Ayuntamiento del lugar de su residencia, o a los Servicios Sociales de la Consellería de bienestar social para pedir ayuda. Será el Ayuntamiento o la Consellería la entidad que, en función de sus posibilidades, ofrezca este servicio.

3. Ofrecimiento de ayuda y donaciones:

Todos los ofrecimientos de ayuda y donaciones deben canalizarse a través de la siguiente página web: ·https://presidencia.gva.es/es/somsolidaritat»

4. Asistencia Consular:

Los Cónsules reiteraron que las respectivas representaciones están para ayudar a los connacionales en todo aquello que precisan de los respectivos países. Las solicitudes de particulares a las personas o entidades españolas, deben realizarse individualmente sin intervención consular alguna

Seguiremos informando

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